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Basura política
Ana Beatriz Tello

Estamos en la recta final de este genial periodo en que hay que convivir con los anuncios en la calle, la tele, el radio, internet en los que, los políticos nos torturan prometiendo que ahora SÍ cambiarán al país.

      Quiero centrarme en un elemento que parece, no ser relevante ni prioritario y es la BASURA POLITICA. Cada cuatro años, al final del proceso electoral, los guatemaltecos quedamos inmersos en un país pintarrajeado, saturado de mantas y vallas con caras sonrientes y promesas que quedaron flotando.

     Ilógico pensar que los “perdedores” van a recoger su basurita…. ¡Qué importa! Que lo haga el que gano. En algunas contadas excepciones, las Municipalidades dedican esfuerzos e insumos en recoger la basura política. Pero a grandes rasgos, la protección y conservación del Medio Ambiente se queda rezagada a un plano secundario.

     Para abordar el tema con propiedad, transcribo parte del artículo 223 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos De las prohibiciones. Durante cualquier proceso electoral es terminantemente prohibido: a) Hacer propaganda electoral pegando o pintando rótulos en efigies, paredes, señales, rótulos, puentes y monumentos, salvo que se trate de propiedad privada y se cuente con la autorización del dueño…”

     Adicionalmente, el artículo 67 del Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos contempla “Medios prohibidos. No será permitido ninguno de los siguientes medios de propaganda política o electoral: a) Leyendas sobre el asfalto o pavimento de las carreteras y sobre el pavimento, adoquín o empedrado de las calles urbanas, usándose yeso, pintura, engomados o adheridos con cualquier pegamento, plástico u otros medios; b) rótulos o carteles en montañas, cerros y laterales de carreteras, así como valerse de cualquier procedimiento que afecte el entorno natural; c) fijación de letreros, sean pintados o pegados, en puentes, en edificios o monumentos públicos; d) igual actividad que afecte casas o edificios privados, salvo que se cuente con el permiso, por escrito, de los respectivos propietarios …”

     No es necesario entrar en un análisis técnico científico profundo para concluir que muchos de los medios que utilizan los políticos para publicitarse son prohibidos. Es ilegal pintar las carreteras, y casi todo lo que en ellas haya, incluyendo piedras, árboles, señales, puentes, paredes, cerros, etc.

      Nuestra Guatemala cambio, los guatemaltecos despertamos, estamos exigiendo y fiscalizando a las autoridades a que cumplan sus funciones. Prueba de ello fueron las numerosas denuncias que sobre el tema de contaminación ambiental, que se vieron circular por las redes sociales y que se hicieron llegar a los medios de comunicación y al TSE.

¿Puede hacer algo el Tribunal Supremo Electoral?


     La Ley Electoral y de Partidos Políticos doto al TSE de “algunas herramientas” las que encontramos contempladas en el artículo 88Sanciones.  El Tribunal Supremo Electoral o Director General del Registro de Ciudadanos, podrán imponerles a los Partidos Políticos, por infracción a las normas legales que rigen su constitución y funcionamiento, las siguientes sanciones: a) Amonestaciones; b) Multa; c) Suspensión temporal; d) Cancelación.  El artículo 89. “Amonestaciones. La amonestación privada o pública procederá en caso que un partido político incumpla o desobedezca alguna resolución o disposición escrita del Tribunal Supremo Electoral. La amonestación se hará por escrito y explicando las causas que la justifiquen” y el artículo 90. Multas. Se sancionará con multa al partido político que: a) … b) Incumpla alguna resolución o disposición escrita, del Tribunal Supremo Electoral, después de haber sido amonestado…”

 

     El derecho constituye una herramienta fundamental para la protección del medio ambiente, pero para garantizar su correcta aplicación y cumplimiento, se deben tener las reglas claras y preestablecidas. De lo contrario, la degradación del medio ambiente no se detendrá.

     Ante la oportunidad que se vislumbra de poder modificar la Ley Electoral y de Partidos Políticos, propongo que se incluyan los siguientes puntos:

  • Es responsabilidad de los partidos políticos  la colocación de su propaganda, bajo estándares preestablecidos que contribuyan a la protección de nuestro ambiente así como su posterior retiro.
  • Que se establezca un plazo y condiciones para el retiro de la propaganda.
  • Que sean establecidas  sanciones efectivamente ejecutables. En cuanto a las sanciones estas deben ser verdaderamente disuasorias ya que el daño causado al medio ambiente no se repara con una amonestación y menos con una multa. 
  • Otra opción sería restarles el pago por cada voto recibido que les hace el TSE, destinando este dinero a la recolección, limpieza y  reciclaje del material utilizado

     A los guatemaltecos se nos acabo la tolerancia. Las reglas del juego deben cambiar. Aquí dejo mi granito de arena.

Porque la contaminación no reconoce ni fronteras ni partidos políticos.  Queremos una Guatemala más ordenada, vivible y más limpia!!!

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