La sentencia de mérito demuestra, por sí misma, que no es verdadera la afirmación sobre la falta de motivación, puesto que aparecen plasmados los motivos por los cuales ese órgano jurisdiccional, estimó otorgarle o no, valor probatorio a cada uno de ellos; además, cada una de las conclusiones formuladas en la sentencia impugnada aparecen debidamente fundamentadas, razones por las que procedente resulta no acoger el argumento esgrimido por el apelante. Es necesario resaltar que la exigencia de la motivación castiga con nulidad únicamente cuando esta falta, no cuando ella es imperfecta o defectuosa. Para leer la sentencia completa, presione aquí
|
|
|