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Guatemala,

12.02.18

  No.

108

 

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Análisis de tres sentencias de la Corte de Constitucionalidad que se refieren en forma contradictoria, al tema del auto definitivo susceptible de ser cuestionado a través del recurso de casación. Cuando la Corte de Constitucionalidad sienta doctrina legal a través de sus fallos, nos obliga a los litigantes a recurrir a los medios de impugnación establecidos en las sentencias y si cambia la Corte de criterio, esos recursos que una vez debían utilizarse resultan siendo inviables y esto impide que el administrado pueda acceder a la tutela judicial efectiva.
 
El problema que se plantea,  se ha producido en el marco del proceso contencioso administrativo, cuando de oficio o a solicitud de parte se declara la caducidad de la instancia.  Inicialmente la Corte de Constitucionalidad sostuvo que, previo a acudir al recurso de casación, debía plantearse recurso de reposición en contra del auto que declaraba la caducidad y, posteriormente, sostuvo que la casación debía interponerse sin agotar el recurso de reposición.  Lo que existe en el fondo, es un desconocimiento sobre lo que constituye un auto definitivo susceptible de impugnarse a través del recurso de casación.
Para leer las sentencias que se discutirán, presione aquí: sentencia 1sentencia 2sentencia 3
 
martes 20 de febrero, 7:30am a 9:15am
Restaurante Los Cebollines, Salón Veracruz (12 calle 3-71 zona 10)
Inversión Q.175.00 incluye desayuno   
Reserve su lugar en info@iuristec.com.gt (cupo limitado) 
Casación de fondo por error de hecho en apreciación de prueba.  Derecho de propiedad privada.  Propiedad. El submotivo de error de hecho en la apreciación de la prueba puede darse de dos formas: la primera es por tergiversación; ésta consiste en que el Tribunal aprecia erróneamente la información o los hechos contenidos en el medio de prueba en cuestión, obteniendo conclusiones distintas de las que realmente representa. La segunda es por omisión de análisis, es decir que la Sala no toma en cuenta un medio de prueba aportado al proceso. Para leer la sentencia completa, presione aquí
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“Educar en la igualdad y el respeto es educar contra la violencia.” Benjamin Franklin
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