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Guatemala,

26.02.18

  No.

109

 

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en materia de Derecho Constitucional

Dr. Eduardo Mayora: "La sentencia que se propone tiene por objeto determinar si, al ejercitarse por el Presidente de la República la facultad de vetar una ley, aduciendo que dicha ley viola la Constitución, el Presidente debe recabar, primero, el parecer de la Corte de Constitucionalidad.  La CPR señala que la CC tiene esa función, pero caben las cuestiones de (a) en qué momento del proceso, (b) con qué efectos en cuanto al veto, y (c) con qué efectos, en cuanto a la ley, si el veto fuese remontado por el CdR.  Nos parece que la sentencia aporta un punto de vista digno de análisis crítico respecto de una de las formas clásicas en que se han de producir los “frenos y contrapesos”, dentro de la teoría de la separación de los poderes del Estado." Para leer la sentencia que se discutirá, presione aquí

martes 13 de marzo 2018, Restaurante Los Cebollines z. 10, 7:30am-9:15am

Inversión: Q.175.00 (incluye desayuno), reservaciones a info@iuristec.com.gt

En el presente caso debe tomarse en cuenta que se ha dado un despido a los docentes en forma injustificada, pues para ellos el hecho de que no continuarían desarrollando sus labores habituales les causó sorpresa, porque recibieron la noticia de que se quedarían sin trabajo, aspecto que la doctrina lo considera como daño moral, material y psicológico, consecuencia de la pérdida de estabilidad laboral. Para los efectos del computo deberá tomarse en cuenta la fecha que ellos reclaman en la primera audiencia celebrada en la Inspección General de Trabajo, dejando a salvo el derecho de la demandada de demostrar fechas diferentes del inicio de la relación laboral, a través de los contratos de trabajo....Para leer la sentencia completa, presione aquí

FRASE CÉLEBRE

"La libertad supone responsabilidad. Por eso la mayor parte de los hombres la temen tanto."

George Bernard Shaw (1856-1950) Escritor irlandés.
RECOMENDACIÓN
The Rule Of Law, Civil Law, And Common Law
Eduardo A. Mayora
I.          Introduction.
The ideal of the rule of law is presently considered of paramount importance.  It is not possible to conceive of any free society organized on the foundations of a different ideal.  At least, not on a stable basis or in the long term. Just as the democratic ideal, that of the rule of law is acclaimed and defended by all camps of the political spectrum and, as is the case with the former, there are different notions of the latter.  Often times their source is ideologically biased, but there are also certain more or less objective differences...
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