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Guatemala,

9.04.18

  No.

111

 

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IURISTEC
IURISTEC le invita a participar como OBSERVADOR del
Conversatorio entre Juristas sobre  
"Defensa del Orden Constitucional según el art. 268 de la Constitución"
 
JURISTAS DEL CONVERSATORIO: Mario Fuentes Destarac, Roberto Molina Barreto, Diana De Mata, Carlos Molina Mencos, Paola Galich, Stuardo Ralón, Andy Javalois,, Allan Estrada Morales
Jesús María Alvarado Andrade, Juan Pablo Gramajo, Elías Arriaza
MODERADOR: Julio César Cordón Aguilar
 
Martes 10 de abril 2018, 7:30am a 11:00am Casa Ariana zona 9
Inversión: Q.350, incluye refrigerio Reservaciones: info@iuristec.com.gt (cupo limitado)

Cuando un comerciante conviene en la realización de una obra que es del giro ordinario u objeto social de su actividad profesional, el contrato es de naturaleza mercantil y debe regularse por las normas del Código de Comercio. La vía sumaria mercantil es la idónea para demandar las pretensiones que se fundamentan en un contrato de obra en el que interviene un comerciante en el ejercicio de su actividad profesional. Cuando la demanda se fundamenta en un contrato de obra mercantil, incurre en quebrantamiento substancial del procedimiento la Sala que no entra a conocer del fondo del asunto, por considerar que la vía ordinaria es la idónea y no la sumaria mercantil. Para leer la sentencia completa, presione aquí

FRASE CÉLEBRE
“La razón, la fría, calculadora y desapasionada razón, debe aportar todos los materiales de nuestro futuro apoyo y defensa. Ojalá dichos materiales se integren en la inteligencia colectiva, la sólida moralidad y, en particular, en el respeto a la Constitución y las leyes.” ABRAHAM LINCOLN
RECOMENDACIÓN

Les recomendamos inscribirse a este seminario organizado por UNIS.


 
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Consejo Editorial: 
Milton Argueta Pinto, Alvaro Castellanos Howell, Rolando Escobar Menaldo, Claudia Lavinia Figueroa Perdomo, Guillermo López Cordero, Mirna Lorenzana de González, Jary Méndez, Pedro Mendoza Montano.

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