Es improcedente el recurso de reposición en contra del requerimiento de admisión de querellante adhesivo y actor civil, que se interpone tardíamente al prestar la acusación el Ministerio Público, máxime cuando dicho requerimiento fue anterior a la presentación de la acusación. El debido proceso es un principio jurídico procesal sustantivo según el cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo dentro del proceso, y permitirle a las partes la oportunidad de ser oídos y hacer valer sus pretensiones frente al juez; también puede decirse que es el derecho de accionar, contradecir y realizar actos procesales, como probar, alegar, impugnar, etcétera, dentro del marco de unas normas preestablecidas. Es en sí como tal, el derecho de defensa; lo que equivale a un proceso justo. En un estado de derecho, toda sentencia o resolución judicial debe basarse en un proceso legalmente tramitado, de donde resulta que no se pueden emitir sentencias o fallos sin un proceso previo. Esto es especialmente importante en el área penal. La exigencia de legalidad del proceso también es una garantía de que el juez deberá ceñirse a un determinado esquema de juicio, sin poder inventar trámites a su gusto. No se viola el debido proceso cuando se emite la resolución impugnada con las formalidades que la ley establece. Para leer la sentencia completa, presione aquí
|