SOLICITE SU USUARIO DE PRUEBA GRATIS AQUÍ.
 
 
 

Guatemala,

12.11.18

  No.

125

 

Conozca cómo funciona IURISTEC aquí 
Solicite su usuario de prueba gratis 
aquí

IURISTEC
Conversatorio 
Responsabilidad legal de los Magistrados de la CC
por fallos que exceden de sus facultades (fallos políticos e ideológicos)
 
Panelistas
 Luis Arturo Archila, Alfredo Skinner-Klée, Alexander Aizenstatd
Allan Estrada, Jorge Rolando Barrios, Mario Fuentes Destarac, Andy Javalois 
 
Moderador: Alfredo Rodríguez M.
 
Algunos temas de discusión:
¿Han habido abusos y excesos en las resoluciones de los Magistrados de la CC? ¿Se ha violado el principio de la separación de poderes del Estado, el de legalidad, los derechos y garantías individuales?¿Se ha convertido la CC en una tercera instancia?Sentencias sentencias nomogenéticas vrs.  sentencias estructuradas. Acción causal vrs. derechos difusos. ¿Cómo debe de interpretarse el artículo 167 Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad?
 
martes 27 de noviembre, 7:30am a 11:00am
 Hotel Adrátika (4 Avenida 20-44 zona 14) amplio parqueo, tarifa especial
 Inversión: Q.300.00 incluye refrigerio y entrega de líneas jurisprudenciales
 Reserve su lugar para participar como OBSERVADOR en: info@iuristec.com.gt
 cupo limitado

Del estudio de las actuaciones se determina que la demanda, planteada originalmente ante el Juzgado Segundo de Familia del departamento de Guatemala corresponde a un juicio ordinario, en donde no se están ejercitando acciones reales sobre bienes inmuebles, más bien, se están ejerciendo acciones personales, debido a que las pretensiones de la demandante, es que se haga la declaratoria de unión de hecho post-mortem. Al respecto el artículo 17 del Código Procesal Civil y Mercantil, establece: “El demandante en toda acción personal, tendrá derecho a ejercitar su acción ante el juez del domicilio del demandado, no obstante cualquier renuncia o sometimiento de éste”. Para leer la sentencia completa, presione aquí

FRASE CÉLEBRE
La dictadura, devoción fetichista por un hombre, es una cosa efímera, un estado de la sociedad en el que no puede expresarse los propios pensamientos, en el que los hijos denuncian a sus padres a la policía; un estado semejante no puede durar mucho tiempo.
Winston Churchill (1874-1965) Político británico.
RECOMENDACIÓN
¿Es constitucional el Manual de Valuación Inmobiliaria, aprobado por el Acuerdo Ministerial 21-2005 del Ministerio de Finanzas Públicas y aplicado por la Municipalidad de Guatemala, no obstante, no haber sido publicado en el Diario de Centroamérica?
Daniela Sanchez, Linda Muj,Sofia Gonzalez,Oscar Reyes y Hors Andre Wandel/Octubre-2018. 
In Memoriam de Estuardo Mata Palmieri 
Para leer la línea jurisprudencial completa, presione aquí

 
Facebook
Facebook
Twitter
Twitter
Website
Website
YouTube
YouTube
Consejo Editorial: 
Milton Argueta Pinto, Alvaro Castellanos Howell, Rolando Escobar Menaldo, Claudia Lavinia Figueroa Perdomo, Mirna Lorenzana de González, Jary Méndez, Pedro Mendoza Montano.

Dirección General: 
Ana Ponce de Ibargüen, Juan Pablo Gramajo Castro, Ana Lorena Villacorta Lara.
Copyright © 2016 IURISTEC Guatemala, All rights reserved.

 

 

Debug3b
Debug4