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Guatemala,

04.11.19

  No.

146

 

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IURISTEC
IURISTALLER SOBRE CITERIOS JURISPRUDENCIALES DE LA
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD EN MATERIA PROCESAL PENAL 
 
Impartido por: Lic. Julio García-Merlos
 
El IURIStaller tiene por objeto brindar una actualización sobre las nuevas tendencias jurisprudenciales de la Corte de Constitucionalidad en materia procesal penal.  
En el mismo se analizará la jurisprudencia más reciente de la Corte de Constitucionalidad relativa a medidas de coerción, medios de impugnación y al presupuesto procesal de definitividad en procesos penales.   Le proporcionará herramientas vitales para el diseño de estrategias, bases para fundamentar dictámenes y memoriales; y temas de investigación en qué profundizar.
 
martes 12 de noviembre, 7:30am a 9:30am
Restaurante Los Cebollines, zona 10
Inversión Q.260.00 (incluye desayuno y material)

Responsabilidad civil. Daño. Daño moral. Daño material. La Sala no encontró la coincidencia entre el caso concreto y la hipótesis abstracta de la norma que decidió aplicar, subsumiendo los hechos en normas impertinentes que fueron las del Código Penal y Procesal Penal, condicionando a llevar la vía penal para reclamar los daños y perjuicios por la vía civil. Esto no es así bajo el principio general de responsabilidad según el cual todo daño debe repararse, siguiendo el recurrente una acción civil de resarcimiento, por lo que la Sala aplicó indebidamente la ley. Los daños morales quedaron efectivamente probados por la confesión del demandado al ratificarse la contestación de la demanda y con la prueba documental relacionada con la presentación de la denuncia al Departamento de Investigaciones Técnicas de la Policía Nacional, además se evidenció que el demandado le imputó al recurrente la comisión de un delito lesionando su honor y buen nombre. En contraposición al daño material, que no se logró probar, debido a que los expertos no indicaron la base legal sobre la cual debe versar dicho monto ni se probó que el demandante tuvo que acudir a profesionales del derecho para defenderse ante la denuncia realizada por el demandado. Para leer la sentencia completa, presione aquí

FRASE CÉLEBRE

"Entre los individuos, como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz.", Benito Juárez

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