IDENTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 01184 - SALA DE LA CORTE DE APELACIONES DE DELITOS DE FEMICIDIO Y OTRAS FORMAS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.
03-
Julio-
2014.
"Vargas Pineda, Victor Hugo c/ Juez Octavo de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente de Guatemala
s/ Resolución emitida por el Juzgado
". Expediente 01184-2013-00053.
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AMPARO 482013 No . Único 01184-2013-00053 Juzgado Octavo de Primera Instancia Penal , Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente Del Departamento de Guatemala ref .: 01074-2013-00225 SALA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL RAMO PENAL DE DELITOS DE FEMICIDIO Y OTRAS FORMAS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA , CONSTITUIDA EN TRIBUNAL DE AMPARO . GUATEMALA , TRES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE . ------------------------------------ Se tiene a la vista para dictar sentencia del Amparo presentado por VICTOR HUGO VARGAS PINEDA , quien actúa bajo la dirección y procuración de la abogada Karla Ninette Guadalupe Alvarado Marroquín , contra el Juzgado Octavo de Primera Instancia Penal , Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Guatemala , y ------------------ ANTECEDENTES : A ) Fecha de interposición : veintiocho de noviembre de dos mil trece ; B ) Acto reclamado : resolución de fecha quince de octubre de dos mil trece , que resuelve sin lugar el recurso de reposición interpuesto por el señor Victor Hugo Vargas Pineda , emitida por la Jueza del Juzgado Octavo de Primera Instancia Penal , Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del departamento de Guatemala ; C ) Fecha de notificación de la resolución que constituye el acto reclamado al postulante : veintinueve de octubre del año dos mil trece ; D ) Uso de recursos contra el acto impugnado : Ninguno ; E ) Violación que denuncia : Actos Nulos , Imperatividad , Fines del Proceso , Independencia e Imparcialidad , Compulsión , Declaración por Medios Audiovisuales de Comunicación , Procedimiento en caso de Declaración por Medio Audiovisual , Prevaricato . ---------------------------------------------------------------------------------- HECHOS QUE MOTIVAN EL AMPARO : A ) De lo expuesto por el postulante y del contenido del expediente que sirve de antecedente al Amparo : a ) Según el amparista , con fecha nueve de mayo de dos mil trece , el hijo del Amparista fue victima de parricidio , los testigos que presenciaron el hecho no quisieron brindar su declaración testimonial por temor a represalias , el testigo que presenció la muerte del hijo del Amparista , así como los momentos previos y posteriores a la realización del hecho delictivo , /index.php?action=ajax&rs=GDMgetPage&rsargs[]=20140703-0055-01184-2013-00053.pdf&rsargs[]=1
AMPARO 482013 No . Único 01184-2013-00053 Juzgado Octavo de Primera Instancia Penal , Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente Del Departamento de Guatemala ref .: 01074-2013-00225 quien el trece de agosto de dos mil trece , declaró ante la Auxiliar Fiscal del Ministerio Publico Lilian Marleny Soriano Elías , declaración que consta en acta faccionada , dentro del proceso penal identificado con el numero único cero un mil setenta y cuatro guión dos mil trece guión cero cero doscientos veinticinco ( 01074-2013-00225 ), dicho testigo , indica el Amparista , no fue aceptado por parte de la Jueza , por considerar que no fue manifestada la circunstancia por la que se protegían sus datos personales y por las que se pretendía que brindara si declaración por medio de cámara Gesell o videoconferencia , lo cual , indica el Amparista , es falso debido a que en el acta administrativa que era de conocimiento de la Señora Juez , acta en la cual se hace constar el motivo por el cual se toma la declaración de esa manera y por la que se solicita que su declaración se realice con los medios que la ley habilita para garantizar el esclarecimiento de los hechos y también la integridad de la persona que contribuye con la aplicación . b ) Según el informe circunstanciado y documentos adjuntos remitidos por la autoridad recurrida : con fecha siete de octubre de dos mil trece se realizó audiencia de ofrecimiento de pruebas , señalándose el siete de enero de dos mil catorce para el inicio del debate oral y público ; y que con fecha diez de octubre de dos mil trece el señor Victor Hugo Vargas Pineda en su calidad de Querellante Adhesivo presenta Recurso de Reposición en contra de la resolución de fecha siete de octubre de dos mil trece , el cual fue resuelto Sin Lugar en resolución de fecha quince de octubre de dos mil trece . --------------------------------------------------------------------- B ) Casos de procedencia : Citó el amparista las literales a ), b ) y h ) del articulo 10 de la Ley de Amparo , Exhibición Personal y de Constitucionalidad . ------------------------------------------------ C ) Leyes Violadas : Señaló los artículos 4 de la Ley del Organismo Judicial ; 3 , 5 , 7 , 402 y 403 del Código Procesal Penal . ---------------------------------------------------------------------------------- TRAMITE DEL AMPARO A ) Amparo provisional : Del estudio de las actuaciones , esta Sala Constituida en /index.php?action=ajax&rs=GDMgetPage&rsargs[]=20140703-0055-01184-2013-00053.pdf&rsargs[]=2
AMPARO 482013 No . Único 01184-2013-00053 Juzgado Octavo de Primera Instancia Penal , Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente Del Departamento de Guatemala ref .: 01074-2013-00225 Tribunal de Amparo , considera DECRETAR el AMPARO PROVISIONAL , en virtud de que las circunstancias del caso lo hacen aconsejable toda vez que el debate oral y publico se encuentra en desarrollo . -------------------------------------------------------------------------------------------- B ) Terceros Interesados : Se le dio intervención a la Fiscalía de Sección de Delitos Contra la Vida e Integridad de las Personas del Ministerio Publico a través de la agente fiscal abogada María Mercedes Schaeffer Girón ; y a la sindicada Julia Herminia Cervantes Ortiz . -- C ) Del Ministerio Público : Por medio de la Fiscalía de Asuntos Constitucionales , Amparos y Exhibición Personal , a través de su agente fiscal abogada Gilda Toledo Barrios . ---------------D ) Remisión de antecedentes : La autoridad recurrida remitió informe circunstanciado . ------ E ) Pruebas : a ) Informe Circunstanciado del antecedente del presente amparo , identificado con el número un mil setenta y cuatro guión dos mil trece guión doscientos veinticinco ( 01074-2013-00225 ); b ) Fotocopia simple de la notificación realizada con fecha veintinueve de octubre de dos mil trece , del Juzgado Octavo de Primera Instancia Penal , Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del Departamento de Guatemala , dentro del proceso penal identificado con el número un mil setenta y cuatro guión dos mil trece guión doscientos veinticinco ( 01074- 2013-00225 ); c ) Fotocopia simple de la resolución dictada con fecha quince de octubre del dos mil trece , dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia Penal , Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente del Departamento de Guatemala , que declara sin lugar el Recurso de Reposición planteado por el señor VICTOR HUGO VARGAS PINEDA , dentro del proceso ya identificado ; d ) Fotocopia simple de la declaración realizada con fecha trece de agosto de dos mil trece , a las once horas con cinco minutos , ante la Auxiliar Fiscal Lilian Marleny Soriano Elías , en la sede de la Agencia nueve de la Fiscalía de Delitos Contra la Vida e Integridad de las Personas del Ministerio Público , en la cual una persona de sexo masculino comparece a brindar su declaración testimonial , con la protección de sus datos de identificación con fundamento en el artículo 217 del /index.php?action=ajax&rs=GDMgetPage&rsargs[]=20140703-0055-01184-2013-00053.pdf&rsargs[]=3
AMPARO 482013 No . Único 01184-2013-00053 Juzgado Octavo de Primera Instancia Penal , Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente Del Departamento de Guatemala ref .: 01074-2013-00225 Código Procesal Penal , y en la que solicita declarar por medio de cámara Gessel o videoconferencia porque teme ser reconocida y teme por su integridad y la de su núcleo familiar . ----------------- ALEGACIONES DE LAS PARTES : A ) El postulante : Manifiesta su inconformidad con la resolución en la que se declara sin lugar el recurso de reposición planteado , debido a que según el segundo considerando , de la resolución que se impugna , indica , en la primera parte , que la juzgadora realiza al analizar del articulo 403 del Código Procesal Penal , el cual en su parte conducente indica : “ Las resoluciones emitidas durante el trámite del juicio podrán ser recurridas por las partes tan sólo mediante su reposición . En el debate , el recurso se interpondrá oralmente y se tramitará y resolverá inmediatamente , sin suspenderlo , en lo posible .”, por lo cual , indica la juzgadora , el recurso de reposición planteado por el señor VICTOR HUGO VARGAS PINEDA debió de haber sido solicitado en el momento en el cual se llevo a cabo la audiencia de ofrecimiento de prueba ; el Amparista indica que la juzgadora malinterpreta el mandamiento contenido en la ley , ya que según lo indica el articulo antes mencionado se presentó el mencionado recurso conforme al plazo y forma establecido en el articulo 402 del Código Procesal Penal , sin embargo , la juzgadora aduce que no fue hecho en el momento procesal oportuno , ya que , según lo regula el articulo 403 del Código Procesal Penal , este debió haber sido presentado en el momento del debate oral y publico ; en la segunda parte la juzgadora indica que en el memorial de ofrecimiento de prueba , el Ministerio Publico propone como medios de prueba la declaración testimonial de dos personas para que declaren a través de videoconferencia o cámara Gesell , solicitando que se protejan los datos de identificación de los testigos , no mencionando las circunstancias por las cuales solicita este tipo de declaración , al realizar este análisis el Amparita indica que la juzgadora tuvo como parte de los medios de convicción , el acta de declaración del testigo de sexo masculino , con datos de identificación protegidos , la cual fue faccionada el día trece de agosto de dos mil trece , por la auxiliar fiscal Lilia Marleny Soriano Elías , la cual obra en
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