IDENTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Civil y Mercantil.
21-
Octubre-
2013.
"LOS VALLES, S.A. c/ BLANCA ESTELA GONZALEZ ROSALES Y JORGE LUIS ALVARADO IBARRA
s/ Juicio Sumario de desahucio y cobro de rentas atrasadas
". Expediente 01043-2012-00350.
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SUMARIO 01043-2012-00350 ( EXPEDIENTE 156-2013 ) Oficial 3 º y Not . 1 º. -Sentencia . - SUMARIO 01043-2012-00350 ( EXPEDIENTE 156-2013 ) Oficial 3 º y Not . 1 º. -Sentencia.- SALA SEGUNDA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL RAMO CIVIL Y MERCANTIL DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA . Guatemala , veintiuno de octubre de dos mil trece .--- En APELACIÓN y con sus antecedentes respectivos , se trae a la vista para examinar la SENTENCIA de fecha CINCO DE JULIO DE DOS MIL TRECE , dictada por el Juez Noveno de Primera Instancia del Ramo Civil de este departamento , dentro del Juicio SUMARIO DE DESAHUCIO Y COBRO DE RENTAS ATRASADAS promovido por la entidad LOS VALLES , SOCIEDAD ANÓNIMA , a través de su Administradora Única y Representante Legal , GLORIA AMPARO LEON CORDOVA DE YBARRA , en contra de BLANCA ESTELA GONZALEZ ROSALES Y JORGE LUIS ALVARADO IBARRA . La entidad actora actúa bajo la dirección y procuración del Abogado Eduardo René Cabrera Solano . La demandada actúa bajo la dirección y procuración del Abogado Luis Roberto Aragón Solé ; y el demandado Jorge Luis Alvarado Ibarra , actúa bajo la dirección y procuración de los Abogados Luis Roberto Aragón Hernández y Luis Roberto Aragón Solé quienes actúan de forma conjunta o separada indistintamente .--- RESÚMEN DE LA SENTENCIA APELADA : El Juez a quo , en la sentencia apelada , en su parte conducente , DECLARÓ : “( I ) SIN LUGAR LA DEMANDA SUMARIA DE DESAHUCIO Y COBRO DE RENTAS ATRASADAS promovida por GLORIA AMPARO LEÓN CORDOVA DE YBARRA , en su calidad de Administrador Único y Representante Legal de la entidad Los Valles , Sociedad Anónima , en contra de los señores BLANCA ESTELA GONZÁLEZ ROSALES y JORGE /index.php?action=ajax&rs=GDMgetPage&rsargs[]=20131021-0010-01043-2012-00350.pdf&rsargs[]=1
SUMARIO 01043-2012-00350 ( EXPEDIENTE 156-2013 ) Oficial 3 º y Not . 1 º. -Sentencia . - LUIS ALVARADO IBARRA , por las razones anteriormente consideradas . Y B . No se hace especial condena en costas . NOTIFIQUESE .” ( Sic ). --- DE LOS HECHOS RELACIONADOS CON EL FALLO : Las resultas de la sentencia de primer grado son congruentes con las constancias procesales , por lo que no se hace ninguna rectificación al respecto .--- DE LOS HECHOS SUJETOS A PRUEBA : Se sujetan a prueba en el proceso : a ) Si la parte demandada es propietaria del inmueble , del cual se pretende la desocupación ; b ) Si existe Contrato de Arrendamiento suscrito entre las partes ; c ) Si la demandada adeuda a la actora las rentas que reclama .--- DE LA PRUEBA APORTADA AL PROCESO : Dentro del periodo probatorio , se aportaron los siguientes medios de prueba : A ) POR LA PARTE ACTORA : I . DOCUMENTOS , consistentes en : a ) Fotocopia simple del primer Testimonio de la Escritura Pública número cincuenta y cuatro ( 54 ), autorizada en esta ciudad el siete de mayo del año dos mil once , por la notaria Paula María García Rodríguez , que corresponde al Contrato de Arrendamiento de las partes contratantes ; b ) Fotocopia simple de la Certificación de Defunción del señor Jesús Ibarra Gutiérrez , número veinticuatro millones cuatrocientos setenta y seis mil cuatrocientos setenta y tres ( 24476473 ), extendida por el Registro Nacional de las Personas , de fecha seis de octubre de dos mil once ; c ) Consulta electrónica emitida por el sistema informático del Registro General de la Propiedad de la finca número treinta y seis ( 36 ), folio setenta y uno ( 71 ), del libro ciento sesenta y dos ( 162 ) de Propiedad Horizontal Guatemala ; d ) Consulta electrónica emitida por el sistema informático del Registro General de la Propiedad de la finca número sesenta y cuatro ( 64 ), folio ciento cuarenta y cuatro ( 144 ), del libro ciento sesenta y dos ( 162 ) de Propiedad Horizontal Guatemala ; e ) Consulta electrónica emitida por el sistema informático del Registro General de la Propiedad de la finca número ciento /index.php?action=ajax&rs=GDMgetPage&rsargs[]=20131021-0010-01043-2012-00350.pdf&rsargs[]=2
SUMARIO 01043-2012-00350 ( EXPEDIENTE 156-2013 ) Oficial 3 º y Not . 1 º. -Sentencia . - veintidós ( 122 ), folio doscientos dos ( 202 ), del libro ciento sesenta y dos ( 162 ) de Propiedad Horizontal Guatemala ; f ) Certificado original del asiento de Cédula de Vecindad del señor Jesus Ibarra H ., emitido con fecha siete de mayo de dos mil doce , por el Registro Nacional de las Personas , en donde consta la identificación de persona del señor Jesús Ybarra Gutiérrez . II ) DECLARACION DE PARTE , con fecha veintisiete de mayo de dos mil trece , se declararon confesos a BLANCA ESTELA GONZÁLEZ ROSALES y JORGE LUIS ALVARADO IBARRA , de las posiciones primera a la octava y de la primera a la décima , respectivamente . III ) PRESUNCIONES LEGALES Y HUMANAS que de los hechos probados se deriven . B ) LA PARTE DEMANDADA : no aportó ningún medio de prueba . --- DEL TRÁMITE DE SEGUNDA INSTANCIA : AGRAVIOS : La apelante – demandante- Los Valles , Sociedad Anónima , por medio de su Administradora Única y Representante Legal , Gloria Amparo Leon Cordova De Ybarra , al hacer uso del Recurso de Apelación , expuso que : El Juez Noveno de Primera Instancia Civil de este departamento , le causó agravio a su representada ya que el cobro de rentas atrasadas sí era procedente , toda vez que se extinguió el usufructo vitalicio a favor del señor Jesús Ybarra Gutiérrez , quien dio en arrendamiento el bien inmueble de su propiedad . Por lo tanto , la nuda propiedad del mismo volvió a su dominio , al ser legítima propietaria , condición que se demostró en el juicio de primera instancia . En consecuencia , la entidad a la que representa , es quien puede percibir tanto los frutos civiles como naturales que la cosa produjo , en este caso son las rentas ; criterio que se debe mantener por lo regulado en el artículo 655 del Código Civil , el cual dice : “ Los frutos naturales y civiles pertenecen al propietario de la cosa que los produce .” Por consiguiente , consideró que la sentencia impugnada , obstruye la posibilidad de ejercer su derecho legítimo de percibir los frutos civiles de su propiedad ; debido a que el monto o cantidad de los mismos debió de /index.php?action=ajax&rs=GDMgetPage&rsargs[]=20131021-0010-01043-2012-00350.pdf&rsargs[]=3
SUMARIO 01043-2012-00350 ( EXPEDIENTE 156-2013 ) Oficial 3 º y Not . 1 º. -Sentencia . - determinarlos el Juez a quo , contando a partir del treinta de septiembre de dos mil once , un día después de la muerte del señor Ybarra , quien era el usufructuario . Aunado a lo expuesto , indicó que la parte demandada fue declarada rebelde en el proceso y por consiguiente no aportó medio de prueba alguno que desvirtuara las pretensiones de su representada , con lo cual el juzgador vulneró la disposición contenida en el artículo 126 del Código Procesal Civil y Mercantil . Por lo cual , solicitó que se revoque la resolución apelada , únicamente en cuanto a los argumentos expuestos como agravios .--- ALEGATOS : La entidad apelante , basó sus alegatos básicamente en los mismos conceptos vertidos al hacer uso del recurso y añadió que el Juzgado Noveno de Primera Instancia Civil de este departamento , violó la ley y el Debido Proceso , porque no dictó la sentencia acorde a las constancias procesales . Los demandados no evacuaron la audiencia conferida , para hacer expresar sus alegatos .--- CONSIDERANDO : -I- El artículo 705 del Código Civil preceptúa que : “ El usufructo puede constituirse por tiempo fijo , vitalicio puramente o bajo condición , pero no a perpetuidad , y sobre toda especie de bienes muebles e inmuebles .(…)” ( El resaltado es propio ). En el caso de estudio Gloria Amparo Leon Cordova de Ybarra en su calidad de Administradora Única y Representante Legal de la entidad LOS VALLES , SOCIEDAD ANÓNIMA , promovió Juicio Sumario contra la señora Blanca Estela González Rosales y Jorge Luis Alvarado Ibarra , con el objeto de que se llevara a cabo la desocupación del bien inmueble de su propiedad , ubicado en la catorce calle siete guión cincuenta y nueve de la zona diez , apartamento número F guión ocho del Edificio Tifany ; propiedad horizontal que fue dada en arrendamiento por el plazo de
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