La ley de amparo establece que no existe ámbito que no sea susceptible de amparo. Sin embargo existen nuevos criterios constitucionales que limitan el amparo en materia laboral. Por ejemplo, aquellos casos en que un tribunal ha determinado que una relación de servicios profesionales es de naturaleza laboral. Contradice eso el mandato constitucional ?
Para leer las sentencias que se discutirán, presione