SOLICITE SU USUARIO DE PRUEBA GRATIS AQUÍ.
 
 
 banner
 
 
 

Guatemala,

30.09.2020

  No.

163

 

Conozca cómo funciona IURISTEC aquí 
Solicite su usuario de prueba gratis 
aquí

IURISTEC
 

IURISCAFÉ EN DERECHO LABORAL

dirigido por

LICDA. EVELYN REBULI VILLAVICENCIO

"La Corte de Constitucionalidad ha sentado jurisprudencia en el sentido que la decisión judicial sobre la naturaleza laboral de una relación de servicios no causa agravio que amerite reparación por vía del Amparo."  Por lo que no entrará a conocer tal materia dentro de una Acción de Amparo. Para leer las sentencias que se discutirán, presione:

Sentencia 1

Sentencia 2

Sentencia 3

Sentencia 4

Miércoles 14 de octubre, 7:30am a 9:15am

Inversión: Q.225 (Q.200 inscripción temprana antes del 7 de octubre)

Transmisión vía zoom

Registro en info@iuristec.com.gt

 SENTENCIA DE LA SEMANA
 

Existe una diferencia entre delito y falta conceptualizando al primero como la acción típica, antijurídica y culpable de donde se desprende que el sujeto activo actúa con dolo y los resultados por ser graves son penados con prisión. Jiménez de Asúa define el delito como “El acto típicamente antijurídico, culpable, sometido a veces a condiciones objetivas de penalidad, imputable a un hombre y sometido a una sanción penal”. En el delito se incluyentodas las clases y categorías de infracciones punibles -pero que son de mayor gravedad- y pueden ser dolosos o culposos. Por el contrario, las faltas ocontravenciones constituyen infracciones punibles pero de menor gravedad, en las cuales basta la voluntariedad de la acción o de la omisión. Se entiende por falta la infracción voluntaria de la ley, ordenanza o reglamento y la cual tiene señalada sanción leve. Para leer la sentencia completa, presione aquí

FRASE CÉLEBRE

"El que es bueno en la familia es también un buen ciudadano." Sófocles

RECOMENDACIÓN


 
Facebook
Facebook
Twitter
Twitter
Website
Website
YouTube
YouTube
Consejo Editorial: 
Milton Argueta Pinto, Alvaro Castellanos Howell, Rolando Escobar Menaldo, Claudia Lavinia Figueroa Perdomo, Mirna Lorenzana de González, Jary Méndez, Pedro Mendoza Montano.

Dirección General: 
Ana Ponce de Ibargüen, Juan Pablo Gramajo Castro, Ana Lorena Villacorta Lara.
Copyright © 2016 IURISTEC Guatemala, All rights reserved.

 

 

Debug3b
Debug4