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Guatemala,

21.06.2021

  No.

175

 

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IURISTEC
Las redes sociales en la selección de personal y en el régimen disciplinario laboral
 
Juan Pablo Gramajo Castro
Cada vez es más común que los empleadores acudan a las redes sociales en el proceso de selección de personal –para publicar ofertas de empleo y evaluar a potenciales trabajadores–, o para monitorear la conducta de trabajadores actuales. La información y conducta que se reflejan en redes sociales pueden, por tanto, influir en la contratación o no de un aspirante, o en la toma de medidas disciplinarias contra un trabajador, incluso la terminación de la relación laboral. Desde la perspectiva legal, tales usos de las redes sociales conllevan riesgos relacionados principalmente con temas de discriminación y privacidad. En el examen del tema confluyen los derechos fundamentales al trabajo, a la igualdad y a la privacidad, reconocidos y tutelados por diversos instrumentos internacionales de Derechos Humanos y por la Constitución Política de la República de Guatemala. Para continuar leyendo, presione aquí
 SENTENCIA DE LA SEMANA
 

Casación de fondo por interpretación errónea de ley. Aplicación de las leyes en el tiempo. Aplicación de normas derogadas. Casación de fondo por violación de ley. Casación. Competencia de la Cámara de la Corte Suprema de Justicia en amparo. Se incurre en interpretación errónea de la ley cuando el tribunal sentenciador da a las leyes un sentido distinto a su tenor literal. Así también incurre en este vicio cuando se equivoca en su contenido, finalidad o espíritu. Para ver esta sentencia completa presione aquí

FRASE CÉLEBRE

"Coraje es lo que se necesita para levantarse y hablar; coraje es también lo que se necesita para sentarse y escuchar". Winston Churchill.

RECOMENDACIÓN

Los contratos de distribución y las normas imperativas; las normas prohibitivas expresas y las de orden público

Dirigido por
  Doctor Milton Argueta  

Fecha 30 de junio 2021 de 7:30am a 9:15am Modo virtual por plataforma ZooM

Inversión Q.200.00

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Consejo Editorial: 
Milton Argueta Pinto, Alvaro Castellanos Howell, Rolando Escobar Menaldo, Claudia Lavinia Figueroa Perdomo, Mirna Lorenzana de González, Jary Méndez, Pedro Mendoza Montano.

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