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Boletín jurídico IURISTEC No. 29

 
 

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Les presentamos esta recopilación de resoluciones recientemente emitidas por la Corte de Constitucionalidad referente a Comisiones de Postulación, prórroga de períodos y demás temas similares:

Instituto de la Defensa Pública Penal:
http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:234-2010-0000 http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:3480-2009-0000 
http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:3713-2009-0000 
http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:820-2010_1-0000 

Ministerio Público:
http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:20100610-0000-Acumulados_1477.1478_1488_1602_y1630-2010
http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:20100602-0000-122-2010
http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:2331-2009-0000 
http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:4235-2010-0000
http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:1707-2010-0000 
http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:1793-2010-0000 

Contraloría General de Cuentas
http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:20141021-0000-4804-2014 http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:20141021-0000-4806-2014
http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:942-2010-0000

Magistrados
http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:20140613-0000-2143-2014
http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:20091002-0000-3491-2009
http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:20100211-0000-3635-2009
http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:20100325-0000-3634-2009
http://www.iuristec.com.gt/index.php?title=Sentencia:20100902-0000-3690-2009
SENTENCIA DE LA SEMANA


Relativa a la Sujeción de la función pública a la ley.  Supremacía constitucional. Presupuestos procesales del amparo.  Agravio personal y directo.  Deberes y derechos cívicos. Competencia de la Corte de Constitucionalidad en amparo.  Garantías Constitucionales y Defensa del Orden Constitucional.  Desistimiento de proceso de amparo.  Hermenéutica jurídica.  

La jurisdicción constitucional tiene como objeto el preservar la preeminencia y eficacia de las normas constitucionales, interpretar su sentido y asegurar su primacía en el orden jurídico. (Corte de Constitucionalidad dentro del expediente 302-87). El orden jurídico es la condición necesaria para la convivencia social de los habitantes del territorio del Estado.

Este orden obliga a todos, sin embargo este adquiere más relevancia para el conditor que para el subditus legis, es decir que todos están sometidos al orden jurídico, pero la ejemplaridad de su acatamiento corresponde, en primer término a la autoridad e inmediatamente al gobernado.  Para leer la sentencia completa, presione
aquí.
 
FRASE CÉLEBRE

"El primer gobernante de una sociedad no debe tener más bandera que la ley; la felicidad común debe ser su norte, e iguales los hombres ante su presencia, como lo son ante la ley; sólo debe distinguir el mérito y la virtud para recompensarlos; al vicio y al crimen para procurar su castigo", Benito Juárez

CÁPSULA
Les dejamos las conclusiones de Alfredo Bullard, respecto a la "Reivindicación de los Piratas" en materia de Propiedad Intelectual.  En los boletines jurídicos del 25 al 28, podrá encontrar los argumentos de este autor respecto a que esta propiedad no es susceptible de protección legal.  Nos gustaría conocer su criterio sobre este tema; escríbanos a info@iuristec.com.gt.  

"Francis Drake comparte dos títulos aparentemente contradictorios. Drake recibió el título de Sir de la Reina de Inglaterra, en reconocimiento de sus heroicas hazañas en el mar. Así, los ingleses lo consideran uno de sus héroes navales más destacados. Pero para los españoles, Francis Drake no era más que un pirata que se dedicaba a saquear barcos en su beneficio, robando las riquezas que se traían de América. Drake merecía ser colgado.

Lo curioso es que el título de Sir y el de pirata se motivan en los mis-mos hechos. Drake fue autorizado por la corona británica para asaltar y saquear los buques españoles. En ese sentido los piratas de este tipo, conocidos como corsarios, o «privateers» eran empresarios privados, autoriza- dos por su gobierno para cometer actos de piratería. Estos piratas fueron unos de los mayores enemigos del sistema mercantilista, aquél que basaba la obtención de la riqueza en la concesión de privilegios por parte del impe-rio, en especial en relación a las riquezas de las colonias. 

Es curioso saber cómo se llamaba la autorización para asaltar y llevar a cabo actos de piratería. Se le llamaba patente de corso, curiosa coincidencia con el nombre que damos a otra de las autorizaciones que el día de hoy damos para tener un privilegio sobre el uso de las ideas: la patente de invención. La patente de corso era el privilegio concedido de apropiarse de lo ajeno. Hoy, la patente de invención es la autorización para apropiarse de parte de la propiedad ajena, a través de la titularidad sobre una idea.

Como vemos lo que convierte a un pirata en un héroe es la Ley. Mien-ras que para los ingleses los actos de Drake eran legales, para los españoles eran un delito. Lo mismo pasaría con nuestros «piratas intelectuales». Lo que los hace «piratas» no son sus actos, sino la calificación legal que les damos a los mismos.

Y la Ley no puede ser arbitraria. Para hacer responsable a alguien por sus actos la Ley debe tener motivos y razones claras. Privar de la libertad o sancionar a alguien para alcanzar objetivos de dudoso sustento, puede ser sumamente injusto.

Por ello, la pregunta de si alguien es o no un pirata, es anterior a la Ley. La pregunta es si la Ley debe proscribir ciertos actos. Creemos que en relación a la PI es una pregunta abierta y de difícil respuesta. Pero, es una pregunta importante, porque podríamos estar convirtiendo en delincuen-tes a las personas equivocadas. Y en todo caso, como toda patente, los derechos que concede pueden ser excesivos. Tenemos claro que los niveles exagerados de protección actual de algunas formas de PI, no pueden sus- tentarse en la supuesta función de incentivar la innovación.

Este problema deja más preguntas que respuestas. Pero creo que son preguntas que generan serias dudas sobre el alcance que debe darse a la PI. Los libros de historia tratan a Drake como pirata y como héroe. No sé sinceramente cuál de las dos cosas era en realidad, pero hubiera sido muy triste que un héroe fuera colgado como pirata. Eso es algo que pudiera estar ocurriendo en nombre de la PI."

 

RECOMENDACION

 
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